Subvenciones dirigidas al fomento el emprendimiento de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Comparte este artículo

En el contexto económico propiciado por la pandemia COVID y en un intento de normalizar y promover las condiciones económicas la EOI pone a disposición de jóvenes emprendedores ayudas económicas.

Como parte de nuestra aportación al sostenimiento del sistema y pese a que no se trata de un área estrictamente de la que se ocupe nuestro despacho, os proporcionamos la información.

El pasado día 04 de septiembre de 2020 de publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden ICT/816/2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Objeto

la concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes, de uno y otro sexo, de más de dieciséis años y menores de treinta años que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o realizando algún ciclo formativo reglado, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.subvenciones en concepto de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes, de uno y otro sexo, de más de dieciséis años y menores de treinta años que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o realizando algún ciclo formativo reglado, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenilla concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes, de uno y otro sexo, de más de dieciséis años y menores de treinta años que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o realizando algún ciclo formativo reglado, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Los beneficiarios

1. Los emprendedores y emprendedoras que vayan a ejercer la actividad como personas físicas.

2. Los emprendedores y emprendedoras que inicien la actividad y se configuren en personas jurídicas

En todos los casos, los requisitos a cumplir son:

– Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

– No haber iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención.

– Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Actividad objeto de ayuda y duración.

Las actividades objeto de ayuda serán el inicio de la actividad emprendedora y los gastos necesarios para el desarrollo de la misma, durante el periodo subvencionable.

Período subvencionable:

6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento.

Conceptos susceptibles de ayuda.

Se consideran conceptos susceptibles de ayuda y, por tanto, gastos subvencionables:

1. Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia.

2. Colaboraciones externas / asesorías.

3. Programas formativos.

4. Programas de aceleración empresarial.

5. Misiones comerciales, participación en ferias.

6. Diseño de la imagen corporativa.

7. Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.

8. Posicionamiento web.

9. Diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios.

10. Desarrollo de prototipos de I+D

11. Inversiones en patentes y modelos de utilidad.

12. Gastos de constitución de la sociedad.

13. Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.

14. Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad la información y comercio electrónico (LSSICE).

No serán la condición de gastos subvencionables los siguientes:

1. Gastos financieros.

2. Cotizaciones a la Seguridad Social.

3. El Impuesto sobre el Valor Añadido.

4. Obra civil, terrenos y edificios.

5. Vehículos de transporte.

6. Gastos de comidas y manutención, gastos de locomoción y viajes.

7. Costes indirectos, entendidos como aquellos que, por su naturaleza, no pueden imputarse de forma directa por no poder individualizarse.

Importe de la subvención  es hasta 3000 €

Plazo de presentación

El plazo de presentación finaliza antes del próximo 04/10/2020

Si estas interesado, solicita más información.

Tal vez puede interesarte: