Obligación de uso de marca registrada en USA

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El procedimiento de registro de una marca en Estados Unidos posee particularidades que lo diferencian del registro de marca en la mayoría de los países del mundo.

Así pues, es obligatorio que para la comercialización de productos o servicios, usando el símbolo ® en los Estados Unidos, se registre dicha marca en el USPTO  (United States Patent and Trademark Office).

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Obligación de uso de marca registrada en USA: Pasos para el registro de marcas en USA

La Oficina Estadounidense de Marcas contempla el siguiente proceso administrativo de registro de marcas:

  1. Presentación, momento en el que se otorga un número de expediente y una fecha de solicitud.
  2. Revisión y estudio en materia formal y de fondo por parte del USPTO.
  3. Si el estudio no encuentra impedimentos, la marca se publica.
  4. Se abre un período de tiempo para que terceros tengan la oportunidad de oponerse.
  5. Si no hay oposiciones se admite la marca.
  6. Admisión a registro y aportación de prueba de uso de la marca en el mercado americano.
  7. La aprobación final y registro definitivo

Obligación de uso de marca registrada en USA: Tipos de trámite en función de uso de la marca registrada en USA

La tramitación del registro de marca en USA le da una especial importancia al uso como parte de dicho proceso. Así pues, se prevén tres tipos de trámite de registro diferentes tomando como base el uso de la marca:

  1. El primero es el de marca en uso a la fecha de presentar la solicitud de registro (“use in commerce”). En este caso, la prueba de uso deberá presentarse  al mismo tiempo que la solicitud de marca.
  2. El segundo es el de marca que se usará en el comercio en el futuro (“intent to use”). Así pues, la declaración de uso deberá presentarse una vez finalizado el trámite de registro.Esta prueba de uso, se realiza por intermedio de la presentación de uno o varios documentos – generalmente fotográficos – de la aplicación de la marca para identificar todos los productos o servicios indicados al presentarla para el registro; lo cual supondrá demostrar el uso de su marca en productos, empaquetados, etiquetas y otros medios de marketing. Si esta prueba no se presenta en un plazo máximo de dos años  desde la solicitud (seis meses prorrogables por otros tres períodos iguales), la marca se decretará abandonada. Cada producto y cada servicio, posee su propia casuística en cuanto a qué se admite o no como prueba de uso.
  3. Por último, existe la posibilidad de solicitar en USA una marca que se base en una marca prioritaria ya existente en otro país, o en una marca registrada según el Protocolo de Madrid; en cuyo caso no será necesario presentar prueba de uso, aunque sí se deberá aportar el certificado de la marca anterior concedida.

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