Estados Unidos y Japón se unen al sistema de la Haya

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El pasado día 13 de febrero se ha oficializado la adhesión de Estados Unidos y Japón al sistema de la Haya para el registro internacional de dibujos y modelos industriales administrado por la OMPI.

A partir de ahora, los diseñadores de estas dos economías mundiales podrán proteger y promover sus creaciones bidimensionales y tridimensionales en gran parte del mundo a partir de una única solicitud mediante este tratado internacional.

Estas adhesiones amplían el alcance geográfico de la protección de los dibujos y modelos industriales, subiendo a 64 el número de miembros del sistema de la HayaA continuación vemos el listado de países completo:

Albania Botswana España Ghana Liechtenstein Namibia República de Corea Singapur
Alemania Brunei Darussalam Estados Unidos Grecia Lituania Níger República de Moldova Suiza
Armenia Bulgaria Estonia Hungría Luxemburgo Noruega República Popular Democrática de Corea Suriname  
Azerbaiyán Côte d’Ivoire ex Rep. Yugoslava de Macedonia Islandia Malí Omán Rumania Tayikistán
Bélgica Croacia Finlandia Italia Marruecos OAPI Rwanda Túnez
Belice Dinamarca Francia Japón Mónaco Países Bajos Santo Tomé y Príncipe Turquía
Benin Egipto Gabón Kirguistán Mongolia Polonia Senegal Ucrania
Bosnia y Herzegovina Eslovenia Georgia Letonia Montenegro República Árabe Siria Serbia Unión Europea

 

La principal ventaja que representa el Arreglo de la Haya es sin duda que simplifica la tramitación pues permite con una única solicitud internacional ante la OMPI obtener protección en todos los países contratantes. Se evitan así todos los trámites de solicitudes que, de otra forma, hubiesen tenido que efectuarse singularmente ante cada Oficina Nacional de Interes.

Igualmente los costes por esta vía de tramitación internacional se reducen, pero debe quedar claro que es necesario abonar una tasa de designación para cada país que nos interese. 

Por último recordamos cuáles son los requisitos para presentar una solicitud de modelo o dibujo internacional haciendo uso del sistema del Haya:

  • Tener a un representante legal o ser nacional de una Parte Contratante o Estado miembro de una organización intergubernamental que sea Parte Contratante,
  • Tener a un representante legal o un domicilio en el territorio de una Parte Contratante,
  • Tener un representante legal o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio de una Parte Contratante.

Desde Protectia saludamos con entusiasmo la adhesión de dos potencias económicas como EE.UU. y Japón pues representa una ventaja adicional para todas las empresas que necesitan obtener protección para sus diseños en las principales economías del mundo.  

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