Subvenciones de patentes en el extranjero 2019
Se ha publicado en el BOE la convocatoria de subvenciones públicas para incentivar I+D+I de las empresas y particulares protegidas con patentes y modelos de utilidad en el extranjero. El resumen de las condiciones es:
BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de estas ayudas serán personas con domicilio en España que reúna al menos uno de los siguientes requisitos:
- Ser una persona física
- Ser considerado pequeña o mediana empresa (PYME) según el Anexo I del Reglamento (CE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:
- Menos de 250 empleados;
- Volumen de negocio anual inferior a 50 millones de euros o balance general anual inferior a 43 millones de euros;
- Cómputo de efectivos y límites de empresas asociadas o vinculadas efectuado según el Reglamento antes mencionado.
- Ser una gran empresa privada
- Ser una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público
GASTOS QUE ENGLOBA LA SUBVENCIÓN
- Solicitud de una patente o de un modelo de utilidad ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, excepto las entradas en fase nacional en España.
- Validación de una patente europea, excepto las validaciones en España.
- Búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica
- Examen de la solicitud de patente.
- Concesión de la patente.
- Designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
- Traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, excepto las traducciones al castellano
- Solicitudes de patentes por la vía PCT, siempre y cuando la Oficina Receptora sea la OEPM
- Informe de búsqueda internacional si ha sido realizado por la OEPM
- Examen preliminar internacional si ha sido realizado por la OEPM.