¿Puede una razón social oponerse a una marca?
Una consulta recurrente en nuestro día a día como profesionales de la Propiedad Industrial es: ¿puede una razón social oponerse a una marca?.
Esta consulta nos la realizan generalmente por conflictos de intereses entre razones sociales y solicitudes de marca en España. En post anteriores ya hemos enmarcado la diferencia entre razón social, marca registrada y nombre comercial en esta ocasión ahondamos un poco más en la vía administrativa y damos respuesta a esta recurrente pregunta de una forma sencilla y clara:
¿Puede una razón social oponerse a una marca?
La respuesta se encuentra de forma literal en la Ley de marcas española, y por tanto, es aplicable a todas las posibles consultas:
Artículo 9 Otros derechos anteriores
1. Sin la debida autorización, no podrán registrarse como marcas: (más…)