¿Cuáles son los requisitos de patentabilidad de una invención?

Como ya hemos tenido ocasión de recordar en muchos otros artículos, la patente es un increíble instrumento comercial para las empresas y para todos los que quieran obtener exclusividad relativa a un producto o bien a un servicio innovador. Por ello, toda patente conlleva consigo una serie de requisitos de patentabilidad que debemos de conocer cuando nos disponemos a registrar una patente.

La patente de hecho es el único instrumento legal que tutela el inventor. El titular de una patente tiene el derecho exclusivo de fabricación, la comercialización o uso del procedimiento objeto de la invención patentada, es decir: nadie puede beneficiarse de la misma sin el consentimiento previo del titular.

El procedimiento de tramitación puede ser algo largo y complicado, por eso hoy hemos decidido centrarnos únicamente en un aspecto muy específico y que a menudo genera dudas y curiosidad por parte de quien no esté familiarizado con la materia o tenga intención de proteger una solución “ingeniosa”: los requisitos de patentabilidad de una invención.
Para ayudarnos, volvemos a proponer un vídeo de la Fundación General de la Universidad de Salamanca, donde María Angustias Días Gómez, catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad de León, presenta estos requisitos.

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2019-04-19T06:20:26+02:00Categorías: Patentes|Etiquetas: , |

Cómo diferenciar las publicaciones de patentes y modelos de utilidad en España

En ocasiones existen dificultades para diferenciar los documentos generados en la tramitación de una patente y un modelo de utilidad en España. Por este motivo, detallamos a continuación la nomenclatura empleada para diferenciar cada una sus publicaciones y que se asocia a la numeración correspondiente para identificar el origen de cada documento.

Documentos de una patente en España:

Las solicitudes de patente se publican generalmente junto al Informe sobre el Estado de la Técnica (I.E.T.), pero pueden también no hacerlo, lo que genera la siguiente relación de documentos:

  • A1:: Identifica una publicación de solicitud de patente con el Informe sobre el Estado de la Técnica. Por ejemplo : ES 2152807 A1

En algunos casos se publica primero la solicitud de la patente y con posterioridad el I.E.T. En este caso tenemos:

  • A2 :: Identifica una solicitud de patente sin el I.E.T. y
  • R   :: que identifica la publicación del IET con posterioridad y separadamente.

Por otro lado, como patentar en España implica, una vez publicada la solicitud y el I.E.T., tener que elegir entre:

  1. continuar la tramitación por el procedimiento con examen previo (vía más recomendable) o
  2. por el procedimiento general de concesión (sin examen), se da lugar a dos tipos de documentos:
  • B1 :: Si la patente de invención es tramitada sin examen previo.
  • B2 :: Si la patente de invención es tramitada con examen previo.

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Diferencias entre modelo de utilidad y patente de invención en España

En nuestra actividad profesional son muchas las ocasiones en que se nos plantea esta cuestión. Ambas modalidades ofrecen el monopolio de la tecnología que contemplan en diferente grado que queda diferenciado por 4 conceptos que provienen de su propia naturaleza.


Patente de Invención en España:

  • Requiere novedad internacional.
  • Tramitación larga (sobre 36 meses).
  • Se emite un informe sobre el estado de la técnica.
  • Ofrece protección hasta 20 años.
Modelo de Utilidad en España:
  • Requiere novedad nacional.
  • Tramitación corta (sobre 6 meses).
  • Se somete a un periodo de oposiciones.
  • Ofrece protección hasta 10 años.

Ampliamos a continuación cada uno de estos puntos.

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