Nombre Comercial: el primo desconocido de la Marca

Hoy os hablamos nuevamente de la modalidad registral del nombre comercial, como protección de vuestras denominaciones y logotipos.

El Nombre Comercial es un signo distintivo –de ahí que lo llamemos ‘primo de la marca’- que sirve para identificar una empresa en el tráfico mercantil y para distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares. En contraste, la marca distingue los productos o servicios de una empresa –no la empresa en sí misma-, ya sea ésta de carácter individual o social.

¿Un nombre comercial tiene que ser necesariamente un nombre? No, puede ser un signo que no sea un nombre, como por ejemplo imágenes, figuras y dibujos, lo aclara expresamente el legislador en el art. 87.2 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Tal y como expone la Oficina Española de Patentes y Marcas (en adelante, OEPM) en un intento de aproximación del término a nuestra comprensión, podríamos plantear un símil con la persona física que nos permitiría concluir lo siguiente:

  • La denominación social de una empresa sería el “nombre civil” de la persona física. Esto es: “Farrokh Bulsara” en el caso de Freddie Mercury o Shakira Isabel Mebarak Ripoll en el caso de la conocida cantante Shakira.
  • El nombre comercial sería el “nombre artístico” con que dicha persona se presenta a sus clientes en el mercado, que siguiendo el ejemplo anterior sería “Freddie Mercury”. Respecto al segundo ejemplo, sería “Shakira”.

Una vez diferenciado el significado de nombre comercial y denominación social de una empresa, es importante señalar que, como parece lógico y también ocurre con las personas físicas, no es necesario que el nombre comercial y la denominación social coincidan. Es decir, como mencionábamos antes, las personas físicas pueden poseer un nombre civil (nombre y apellidos) completamente distinto a su nombre artístico, y si no, fijémonos en el ejemplo de Freddie Mercury, su nombre civil era “Farrokh Bulsara”, ¿qué parecido hay? Diríamos que ninguno.

La OEPM aclara que al contrario de lo que ocurre con la denominación social de una empresa, una misma persona física o jurídica puede escoger la opción de tener más de un nombre comercial, tantos como considere, para identificar las distintas actividades empresariales que lleve a cabo en los variados sectores del mercado en los que participe.

  1. Comparación con las marcas y diferencias entre ellos:

Tanto la marca como el nombre comercial son signos distintivos respecto de los cuales, al menos teóricamente, es fácil concluir que no sirven para el mismo fin. Sin embargo, sí son parecidos, y de ahí viene el hecho de que en la práctica sea difícil diferenciarlos en cuanto a su utilidad, quedando normalmente el Nombre Comercial relegado a un segundo –o último- plano. (más…)