Los registro de marcas en la unión europea o marcas comunitarias son cada vez una gestión más habitual dadas sus grandes ventajas y bajo coste, motivos por los que el número de solicitudes de esta protección desde su creación sigue una trayectoria ascendente y va en constante aumento.

Su solicitud es única y se hace extensible a los 27 estados miembros de la Unión Europea (así como a posibles posteriores anexiones):
| Alemania |
Estonia |
Lituania |
| Austria |
Finlandia |
Luxemburgo |
| Bélgica |
Francia |
Malta |
| Bulgaria |
Grecia |
Polonia |
| Chipre |
Holanda |
Portugal |
| Dinamarca |
Hungría |
Reino Unido |
| Eslovaquia |
Irlanda |
República Checa |
| Eslovenia |
Italia |
Rumania |
| España |
Letonia |
Suecia |
La tramitación del registro de una marca en la unión europea, si no hay suspensos u oposiciones, ronda los 8 – 10 meses. Su duración es de 10 años desde la fecha de solicitud renovable por iguales periodos indefinidamente.
Además se dispone de 6 meses de prioridad internacional para extender la protección de la solicitud comunitaria a otros países conservando la fecha original de solicitud.
Características principales de una marca comunitaria:
- Posibilidad de reivindicar antigüedad (además de la prioridad) de registros anteriores en países de la UE. Continue reading →